Indicadores de inscripciones y modificaciones del Registro gallego de laboratorios para la realización de ensayos de control de productos alimenticios relacionados con el consumo humano
Las administración en el ejercicio de sus competencias, crearán o mantendrán los registros necesarios para el conocimiento de las distintas situaciones de las cuales puedan derivar acciones de intervención en materia de seguridad alimentaria.
El DECRETO 105/2015, de 25 de junio , por lo que se regulan el Registro y la Comisión gallega de laboratorios para la realización de ensayos de control de productos alimenticios relacionados con el consumo humano y su régimen de acceso a la actividad tiene por objeto entre otros:
- El establecimiento de un régimen de declaración responsable de los laboratorios para la realización de ensayos de control de productos alimenticios relacionados con el consumo humano y -
La regulación del Registro Gallego de Laboratorios que realicen ensayos de control de productos alimenticios relacionados con el consumo humano.
Deberán ajustar su actividad al presente decreto todas aquellas entidades, públicas o privadas que, en la Comunidad Autónoma de Galicia, que pretendan realizar ensayos de productos alimenticios con destino al consumo humano con vistas a la comprobación del cumplimiento de los programas de autocontrol de las industrias alimentarias, ya sean propias o ajenas a esta.
Quedan excluidas del régimen de declaración responsable aquellas entidades, públicas o privadas que, en la Comunidad Autónoma de Galicia, pretendan realizar ensayos de productos alimenticios con destino al consumo humano con resultados válidos en el marco del control oficial, las cuáles serán designadas directamente para tal fin por la autoridad competente.
Para evaluar la evolución del registro establecemos los siguientes indicadores:
(nº de solicitudes de inscripción tramitadas / nº de solicitudes de inscripción solicitadas) 100
(Nº de solicitudes de modificación tramitadas /nº de solicitudes de modificación solicitadas)100